

Apoyar medidas destinadas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización así como conceder ayudas destinadas a medidas de comercialización de productos de la pesca y acuicultura que tengan por objetivo:
La ayuda concedida anualmente a cada organización de productores no sobrepasará el 3% del valor medio de la producción comercializada por la misma durante los 3 años anteriores. En el caso de organizaciones recién reconocidas, la ayuda no sobrepasará el 3% del valor medio anual de la producción comercializada por los miembros de la organización durante los 3 años anteriores.